Df 1 Régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal
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»D.F. 1ª.
Vigente
La cuantificación de las retribuciones contenida en los anexos de esta ley podrá ser actualizada y modificada por el Gobierno mediante real decreto, previo informe del Consejo General del Poder Judicial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-05-2003 en vigor desde 28-05-2003