Df 1 Reglamento de asistencia jurídica gratuita
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»D.F. 1ª. Título competencial.
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El presente real decreto se dicta en virtud del artículo 149.1. 5.ª y 18.ª de la Constitución Española, por el cual el Estado tiene competencia exclusiva sobre la Administración de Justicia y bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas.
