Df 1 Reglamento de la Aut...ropolitano

Df 1 Reglamento de la Autoridad de Transporte Metropolitano

Ver Indice
»

D.F. 1ª. Modificación del Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Se modifica el apartado 3.º del artículo 2 del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración quedando como sigue:

«3. Se adscribe a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio el Institut Cartogràfic Valencià y la Autoridad de Transporte Metropolitano de València, organismos autónomos que se regirán por su normativa específica.»

2. Se modifica el artículo 11 del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración quedando como sigue:

«La Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad es el centro directivo dependiente de la Secretaría Autonómica, que ejerce las competencias que le atribuye el artículo 70 de la Ley del Consell en materia de infraestructuras públicas, planificación y logística del transporte, planificación, coordinación y ejecución de la oferta intermodal del transporte en la Comunitat Valenciana, seguridad vial, seguridad y ordenación del transporte, administración de costas, planificación de puertos e infraestructuras portuarias de competencia autonómica, así como la gestión y explotación de los mismos, aeropuertos, gestión de la red de transportes y movilidad metropolitana excepto aquellas competencias tenga atribuidas la Autoridad de Transporte Metropolitano de València».

3. Se modifica el punto a del apartado 2.º del artículo 12, quedando como sigue:

«a) Servicio de Gestión del Transporte Público, al que corresponde la realización de los estudios necesarios para el establecimiento y mantenimiento de la red de transporte público por carretera en la Comunitat Valenciana así como el desarrollo de las funciones relacionadas con la promoción, control y seguimiento de la movilidad en ámbitos supramunicipales, en particular metropolitanos. En el ámbito de la intermodalidad, con objeto de potenciar la utilización conjunta y combinada de los distintos modos de transporte, desarrollará las actuaciones que se programen en materia de instalaciones de intercambio modal. Coordinará los diversos proyectos de Integración tarifaria que se planteen, proponiendo las políticas tarifarias y recursos necesarios para su buen funcionamiento. Elaborará planes y propuestas sobre paradas, marquesinas e intercambiadores para mantener una adecuada calidad de servicio. Asimismo, llevará a cabo la gestión de los distintos aspectos relacionados con el ejercicio de las actividades que, con carácter general, afecten a la política tarifaria del transporte en el ámbito de las competencias autonómicas, así como de las actividades derivadas de la integración tarifaria. Elaborará, asimismo, estudios y propuestas tendentes a mejorar la coordinación entre los distintos modos de transporte en relación con la prestación del servicio, y aquellas otras funciones que se le encomienden en materia de su competencia siempre que no estén expresamente atribuidas a otros servicios. Todo ello sin perjuicio de las funciones que tiene asignadas la Autoridad de Transporte Metropolitano de València.»