Df 1 Reglamento de Ordenación de la Información Geográfica
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»D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo.
Vigente
Se autoriza al Consejero competente en materia de ordenación del territorio para que dicte las disposiciones que precisen la aplicación y desarrollo de este Decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-11-2010 en vigor desde 27-11-2010