Df 1 Reglamento de los Servicios de Transporte Publico Urbano en Automoviles de Turismo
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
Vigente
Las Ordenanzas locales que actualmente regulan los servicios de transporte urbano en automóviles de turismo se adaptarán a lo dispuesto en este Reglamento en el plazo de un año, a contar desde su entrada en vigor. Entre tanto, dichas Ordenanzas continuarán vigentes en cuanto no se opongan a lo dispuesto en el mismo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-08-2005 en vigor desde 05-08-2005