Df 1 Reglamento único de regulación integrada de actividades económicas y apertura de establecimientos
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»D.F. 1ª. Aprobación de la ordenanza única de regulación integrada del ejercicio de actividades económicas y apertura de establecimientos públicos
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En el plazo máximo de nueve meses desde la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia, los ayuntamientos aprobarán la ordenanza única de regulación integrada del ejercicio de actividades económicas y la apertura de establecimientos públicos prevista por el apartado primero del artículo 4.
