Df 1 regulación del Foro de Urbanismo y Vivienda de Euskadi
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»D.F. 1ª. Supletoriedad.
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En todas las materias de orden procedimental no contempladas en el presente Decreto se estará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
