Df 1 regulación de la situación administrativa especial de segunda actividad en el cuerpo de mozos de escuadra
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
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Se faculta a la persona titular del departamento competente en materia de seguridad pública para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento del presente Decreto.
.2 Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 16 de diciembre de 2008,
José Montilla i Aguilera,
Presidente de la Generalidad de Cataluña.
Joan Saura i Laporta,
Consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación.
