Df 1 Reguladora de consultas populares de ambito local
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Modificación de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra.
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Se da nueva redacción a la letra e del apartado 3 del artículo 96 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra:
La consulta se realizará por sufragio igual, directo y secreto, y las contestaciones serán afirmativas, negativas o en blanco. Corresponde al Gobierno de Navarra aprobar el modelo de papeletas, sobres, actas de constitución y escrutinio con las que se celebrará el sufragio.
