Df 1 el que se regulan los aprovechamientos maderables y leñosos en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Junta de Castilla y León
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»D.F. 1ª. Habilitación Normativa.
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Se faculta al titular de la Consejería con competencias en materia de montes para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y cumplimiento de este Decreto.
