Df 1 el que se regulan las condiciones para la creación y conservación de los senderos deportivos de uso público de la Comunidad Foral de Navarra
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Habilitación normativa.
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Se faculta a las personas titulares de los Departamentos del Gobierno de Navarra competentes en materia de deporte, medio ambiente y desarrollo rural, y cultura y turismo, para el desarrollo normativo del presente Decreto Foral en sus respectivos ámbitos competenciales.

