Df 1 se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia
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»D.F. 1ª. Habilitación normativa.
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Se habilita al diputado foral de Hacienda y Finanzas para dictar las normas que sean precisas para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto Foral y en el Reglamento que por medio del mismo se aprueba.
