Df 1 Sanidad mortuoria de...-Derogado-

Df 1 Sanidad mortuoria de Galicia -Derogado-

  • Norma vigente hasta el 18 de octubre de 2023. No obstante, en tanto no se aprueben las órdenes de desarrollo establecidas en el Decreto 129/2023, de 31 de agosto, en lo relativo a los requisitos y características de las camillas de recogida de cadáveres, vehículos sanitarios, féretros y otros recipientes funerarios y nichos, continuará siendo de aplicación lo dispuesto al respecto. - DECRETO 129/2023, de 31 de agosto, de sanidad mortuoria de Galicia.
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D.F. 1ª. Desarrollo

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1. Se autoriza a la persona titular de la consellería competente en materia de sanidad para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente decreto, de conformidad con lo previsto en el artículo 37.2 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

2. Los anexos al presente decreto se podrán modificar mediante orden de la conselleira competente en materia de sanidad.