Df 1 Sistema de Formación Profesional para el empleo en ámbito laboral
- Con efectos desde el 21 de abril de 2021 quedan derogadas cuantas disposiciones de la presente ley se opongan a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo. - Ley Organica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenacion e integracion de la Formacion Profesional.
Ver Indice
»D.F. 1ª. Título competencial.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Esta ley se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.7.ª y 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral y la competencia para regular las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica respectivamente.
Asimismo, la disposición final séptima se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.16.ª y 149.1.17.ª de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad y del régimen económico de la Seguridad Social, respectivamente.
