Df 1 sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de Empresas y de las Sociedades de desarrollo industrial regional
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»Disposición final primera.
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En el plazo de un año, a partir de la publicación de las normas reglamentarias, se aprobará la correspondiente adaptación del Plan General de Contabilidad a las peculiaridades de gestión contable de las Agrupaciones de Empresas y Uniones Temporales de Empresas.
