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»D.F. 1ª. Modificación de la Ley 7/2008, de 7 de julio, de protección del paisaje de Galicia
Vigente
Se modifica el apartado 4 del artículo 9 de la Ley 7/2008, de 7 de julio, de protección del paisaje de Galicia, quedando redactado en los siguientes términos:
«4. Corresponde al Instituto de Estudios del Territorio la elaboración de los catálogos del paisaje, en los cuales se tendrán en consideración otros catálogos existentes referidos a la materia paisajística».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-02-2016 en vigor desde 19-03-2016