Df 1 Taxi de C. Valenciana
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»D.F. 1ª. Modificación del artículo 96 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de movilidad de la Comunitat Valenciana
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Se modifica el artículo 96 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de movilidad de la Comunitat Valenciana, que queda redactado en los siguientes términos:
«Articulo 96. Las infracciones de las normas reguladas en relación con los servicios de transporte de viajeros se clasifican en muy graves, graves y leves. Las infracciones en materia de compatibilidad de las infraestructuras de transporte con el entorno se clasifican en muy graves y graves.»
