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Df 1 Transparencia y Participación Ciudadana de C. León

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D.F. 1ª. Modificación de la Ley 6/1989, de 6 de octubre, de incompatibilidades de los miembros de la Junta de Castilla y León y de otros cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

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Se modifica la Ley 6/1989, de 6 de octubre, de incompatibilidades de los miembros de la Junta de Castilla y León y de otros cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en los siguientes términos.

Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 12, en los siguientes términos:

«Dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la toma de posesión y dentro del mes de enero del último año de cada legislatura, o, en el caso de disolución anticipada de las Cortes, en el plazo de los cuarenta y cinco días posteriores al decreto de convocatoria de elecciones, los titulares de los cargos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta ley formularán declaración notarial de sus bienes patrimoniales.

Cuando se produzca el cese en el cargo antes de las fechas previstas en el apartado anterior, la referida declaración notarial se presentará en el plazo de los dos meses siguientes a la fecha del cese.»

Dos. Se añade un artículo 13 con la redacción siguiente:

«Los titulares de los cargos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta ley presentarán copia de sus declaraciones anuales del impuesto sobre la renta de las personas físicas y, en su caso, del impuesto sobre el patrimonio antes de que finalice el mes de septiembre del correspondiente ejercicio económico.»