Df 10 medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears
D.F. 10ª. Habilitación al Gobierno para la modificación por norma reglamentaria de determinadas disposiciones de esta ley
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El Consejo de Gobierno, mediante decreto, puede modificar las normas que contienen las disposiciones finales de esta ley por las que se modifican el Decreto 48/2021, de 13 de diciembre, regulador del Registro balear de huella de carbono; el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears; y el Decreto 16/2002, de 23 de mayo, por el que se desarrolla el canon sobre el vertido y la incineración de residuos de las Illes Balears, se regula el fondo de prevención y gestión de residuos y se modifica el Decreto 14/2019, de 15 de marzo, de notificación y comunicación electrónicas en el ámbito de la Agencia Tributaria de las Illes Balears; así como también el artículo por el que se modifica el Decreto 1/2024, de 5 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento sancionador de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears; y la disposición transitoria de esta ley relativa a la regularización de títulos de socorristas.
