Df 10 Presupuestos 2017 Canarias
D.F. 10ª.- Modificación de la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal.
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Se modifica la Ley 3/1999, de 4 de febrero, del Fondo Canario de Financiación Municipal, en los términos siguientes:
Uno. En el artículo 18, se modifica la letra d) y se crean dos nuevas e) y f) con el siguiente tenor:
«d) La no remisión de la documentación exigida para la realización de la auditoría de gestión con anterioridad a la finalización del ejercicio».
«e) La no remisión, con anterioridad a la finalización del ejercicio, del acuerdo plenario por el que se toma en consideración la auditoría de gestión».
«f) No destinar los recursos económicos del Fondo Canario de Financiación Municipal a las finalidades legalmente previstas».
Dos. En el artículo 19 se modifican los apartados 5 y 6 y se añade un nuevo apartado 7, que quedan redactados con el siguiente tenor:
«5. Los ayuntamientos que no presenten la documentación exigida para la realización de las auditorías de gestión con anterioridad a la finalización del ejercicio, perderán el derecho a percibir las cantidades que le correspondan de la parte del fondo prevista en la letra a) del apartado 1 del artículo 1, y del 30 por ciento del importe del fondo previsto en la letra b) del apartado 1 del artículo 1».
«6. Los ayuntamientos que con anterioridad a la finalización del ejercicio no presenten el acuerdo plenario por el que se toma en consideración la auditoría de gestión, perderán el derecho a percibir la cantidad que integra la parte anticipada del fondo prevista en el primer párrafo del apartado 5 del artículo 15 y habrán de reintegrar la misma previa tramitación del oportuno expediente de reintegro con arreglo a las determinaciones previstas en la Ley General de Subvenciones».
«7. En caso de no destinarse los recursos económicos del Fondo Canario de Financiación Municipal a las finalidades legalmente previstas, se habrá de reintegrar el importe no destinado a su correspondiente finalidad con arreglo al procedimiento previsto en la Ley General de Subvenciones, sin perjuicio de las demás responsabilidades en que haya podido incurrir».
