Df 10 Servicios sociales de I Balears

Df 10 Servicios sociales de I. Balears

Ver Indice
»

D.F. 10ª Autorizaciones de centros y servicios de ámbito suprainsular

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


El Gobierno de las Illes Balears, a propuesta del consejero o la consejera competente en materia de servicios sociales, y con los trámites y las consultas previos que establece esta ley, aprobará en el plazo máximo de diez meses desde su entrada en vigor los reglamentos de principios generales, con el fin de desarrollar los requisitos y el procedimiento para la autorización de los centros y servicios de servicios sociales en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears.