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DECRETO FORAL 100/2005, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Sancionador Tributario del Territorio Historico de Bizkaia. - Boletín Oficial de Bizkaia de 30-06-2005

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: Bizkaia

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Enero de 2020

F. entrada en vigor: 01/07/2005

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia Número 124

F. Publicación: 30/06/2005


Preambulo Artículo único. Aprobación del Reglamento Sancionador Tributario del Territorio Histórico de Bizkaia.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. ÚNICA. Modificación del Reglamento de Estructura Orgánica del Departamento de Hacienda y Finanzas, aprobado por el Decreto Foral 38/2004, de 16 de marzo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. ÚNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa. D.F. 2ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO SANCIONADOR TRIBUTARIO DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA
TÍTULO PRELIMINAR. Normas generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Efectos de la regularización voluntaria en el orden sancionador. Artículo 4. Efectos de la extinción de las sanciones tributarias en sucesiones «mortis causa».
TÍTULO I. Infracciones y sanciones tributarias
CAPÍTULO I. Infracciones tributarias
Artículo 5. Calificación de las infracciones tributarias.
CAPÍTULO II. Criterios de graduación de la sanción
Artículo 6. Comisión repetida de infracciones tributarias. Artículo 7. Ocultación de datos. Artículo 8. Utilización de medios fraudulentos. Artículo 9. Utilización de persona o entidad interpuesta. Artículo 10. Normas para la aplicación del criterio de utilización de medios fraudulentos o persona o entidad interpuesta.
CAPÍTULO III. Normas particulares sobre determinadas infracciones
Artículo 11. Infracción tributaria por presentar incorrectamente autoliquidaciones, declaraciones, o contestaciones a requerimientos individualizados de información o contestaciones a requerimientos individualizados de información en soporte distinto a los electrónicos, informáticos y telemáticos. Artículo 12. Infracción tributaria por incumplir obligaciones contables y registrales. Artículo 13. Infracción tributaria por incumplir obligaciones de facturación o documentación. Artículo 14. Infracción tributaria por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria. Artículo 15. Infracción tributaria por incumplir la obligación de entregar el certificado de retenciones o ingresos a cuenta.
TÍTULO II. Procedimiento para la imposición de sanciones tributarias
CAPÍTULO I. Norma general
Artículo 16. Procedimiento separado.
CAPÍTULO II. Tramitación
Artículo 17. Iniciación e instrucción del procedimiento sancionador. Artículo 18. Resolución del procedimiento sancionador. Artículo 19. Reglas especiales aplicables en los procedimientos sancionadores iniciados como consecuencia de uno de los procedimientos de inspección. Artículo 20. Reglas especiales en los supuestos de actas de conformidad con compromiso de pago. Artículo 20 bis. Reglas especiales en los supuestos de comprobación reducida de conformidad con compromiso de pago.
CAPÍTULO III. Imposición de sanciones no pecuniarias
Artículo 21. Sanciones tributarias no pecuniarias. Artículo 22. Especialidades en la tramitación de procedimientos sancionadores para la imposición de sanciones no pecuniarias.
CAPÍTULO IV. Ejecución de las sanciones
Artículo 23. Suspensión de la ejecución de las sanciones.
TÍTULO III. Procedimiento para la condonación de sanciones tributarias
Artículo 24. Condonación de sanciones tributarias. Artículo 25. Requisitos y efectos de solicitud. Artículo 26. Tramitación y resolución.
TÍTULO IV. Tramitación de expedientes en que se aprecien indicios sobre la comisión de delitos contra la Hacienda Pública
Artículo 27. Apreciación de indicios sobre la comisión de delitos contra la Hacienda Pública. Artículo 28. Tramitación del expediente.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Norma especial en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido. D.A. 2ª. Referencias al Inspector-Jefe. D.A. 3ª. Procedimientos tramitados por determinados inspectores-jefes.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos en tramitación. D.T. 2ª. Aplicación retroactiva del nuevo régimen sancionador tributario. D.T. 3ª. Aplicación transitoria del criterio de graduación de comisión repetida de infracciones tributarias. D.T. 4ª. Condonación de sanciones tributarias.