Df 11 Cajas de ahorros y fundaciones bancarias
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»D.F. 11ª. Adaptación de la legislación de las comunidades autónomas en materia de cajas de ahorros.
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En el plazo de seis meses, a contar desde la entrada en vigor de esta Ley, las comunidades autónomas adaptarán su legislación sobre cajas de ahorros a lo dispuesto en la misma.
