Df 11 Medidas Financieras...012 C León

Df 11 Medidas Financieras y Administrativas 2012 C. León

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D.F. 11ª. Modificación de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

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1. Se modifica el apartado 1 del artículo 28 de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos:

«1. Previamente a la concesión de nuevas licencias de construcción de edificaciones destinadas a viviendas, usos hospitalarios, asistenciales, educativos o culturales, el promotor deberá presentar un estudio acústico realizado por una Entidad de Evaluación Acústica, empleando los métodos descritos en el Anexo V.2, que determine los niveles sonoros ambientales existentes en la parcela donde se ubicará el edificio.

Las viviendas unifamiliares aisladas que se encuentren alejadas de emisores acústicos podrán excluirse de las obligaciones indicadas en el apartado anterior cuando, a juicio de los técnicos municipales, no se prevean impactos acústicos directos en el emplazamiento de la nueva vivienda sobre la base de un informe acústico elaborado por el proyectista.»

2. Se introduce un nuevo apartado 11 en el artículo 29 de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León con la siguiente redacción:

«11. Las viviendas unifamiliares aisladas alejadas de emisores acústicos que hayan sido excluidas de las obligaciones indicadas en el apartado primero del artículo 28 de esta norma no estarán obligadas a efectuar ninguna de las comprobaciones indicadas en este artículo.»