Df 11 Medidas fiscales, a...or público

Df 11 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público

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D.F. 11ª. TASA POR LA UTILIZACIÓN O EL APROVECHAMIENTO DEL DOMINIO PÚBLICO VIARIO

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La tasa por la utilización o el aprovechamiento del dominio público viario, introducida por el artículo 108 de la presente ley en el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña como capítulo XXIV del título XXV, es aplicable a las autorizaciones de dominio público otorgadas con posterioridad a la entrada en vigor de la presente ley.