Df 11 Medidas urgentes para la reducción del déficit
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»D.F. 11ª. No aplicabilidad
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Lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del presente decreto-ley no será de aplicación, en ningún caso, al personal a que se refieren los apartados 5 y 6 del artículo 2 del presente decreto-ley. Duodécima. Entrada en vigor
El presente decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Valencia, 5 de enero de 2012
El president de la Generalitat
ALBERTO FABRA PART
El conseller de Hacienda y Administraciones Públicas
JOSÉ MANUEL VELA BARGUES
