Df 11 Presupuesto para el... Andalucía

Df 11 Presupuesto para el año 2026 de la Comunidad Autónoma de Andalucía

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D.F. 11ª. Modificación de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía.

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La Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. Se modifica la letra c) del apartado 1 del artículo 47, relativo a la transmisión de la oficina de farmacia, quedando redactada como sigue:

«c) Los plazos previstos en los epígrafes a) y b) anteriores no serán de aplicación en los supuestos de fallecimiento, incapacidad laboral permanente, total o absoluta, declaración judicial de ausencia o establecimiento de curatela con funciones representativas o remoción de la misma, o en el supuesto de estar incluida la oficina de farmacia en una decisión judicial de liquidación de patrimonio en concurso de acreedores, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 40.1.b) de esta ley».

Dos. Se introduce una disposición adicional novena, con la siguiente redacción:

«Disposición adicional novena. Habilitación para la gestión del uso racional de los medicamentos.

Se habilita a la persona titular de la Consejería competente en materia de salud para establecer las medidas de gestión necesarias que, en el marco del artículo 87.4 del Texto Refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, den cumplimiento a lo establecido en el artículo 60.3 de la presente Ley».