Df 11 Presupuestos 2024 Canarias

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D.F. 11ª. Modificación de la Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias.

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Se modifica la Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias, en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 3, que queda con la siguiente redacción:

«2. Con cargo a la recaudación de los tributos objeto de distribución y gestionados por la Agencia Tributaria Canaria se financiarán los gastos de funcionamiento e inversión necesarios para la gestión de los mismos».

Dos. Se modifica el apartado 3 del artículo 3, con la siguiente redacción:

«La cuantía de los gastos de funcionamiento e inversión, a partir de la entrega a cuenta de la anualidad 2024, se establece en el setenta por ciento del presupuesto inicial de gastos de la Agencia Tributaria Canaria en los capítulos 1 "Gastos de personal", 2 "Gastos corrientes en bienes y servicios" y 6 "Inversiones reales"».

Tres. Se modifica el apartado 4 del artículo 3, que queda con la siguiente redacción:

«4. La cuantía de los gastos de funcionamiento e inversión, a partir de la liquidación del año 2023, a practicar en 2024, se establece en el setenta por ciento de las obligaciones reconocidas de la Agencia Tributaria Canaria en los capítulos 1 «Gastos de personal», 2 «Gastos corrientes en bienes y servicios» y 6 «Inversiones reales».

El actual apartado 4 del artículo 3 pasa a ser el apartado 5 del mismo precepto.