Df 13 Economía Circular de Andalucía
Ver Indice
»D.F. 13ª. Sistemas digitales de gestión de recursos hídricos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las previsiones del artículo 59.3 de la presente Ley, relativas a la implantación de sistemas digitales de gestión de los recursos hídricos y las infraestructuras hidráulicas que permitan una gestión eficiente y transparente, así como un adecuado control por parte de las Administraciones competentes, serán de aplicación en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley.
