Df 14 Almacenamiento geol...de carbono

Df 14 Almacenamiento geológico de dióxido de carbono

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D.F. 14ª. Supletoriedad.

Vigente

En tanto no se apruebe el desarrollo reglamentario de esta ley, a los procedimientos de autorización y concesión de almacenamiento geológico de dióxido de carbono tramitados por la Administración General del Estado se les aplicará el Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Minería, en lo que no contradiga lo dispuesto en ella.