Df 15 General Tributaria de Gipuzkoa
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»D.F. 15ª. Modificación de la NORMA FORAL 14/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
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Se modifica el artículo 3 de la NORMA FORAL 14/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 3.
Son sujetos pasivos de este Impuesto las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el apartado 3 del articulo 35 de la Norma Foral General Tributaria, a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación».
