Df 15 Presupuestos 2019 Canarias

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D.F. 15ª. Modificación de la Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias.

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Se modifica la Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias, en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el artículo 35, quedando como sigue:

«Artículo 35. El personal al servicio de la Audiencia de Cuentas estará integrado por funcionarios con titulación adecuada y sujetos a las previsiones generales en la materia contempladas en la legislación de la Función Pública canaria, sin perjuicio de sus peculiaridades funcionales y de su vinculación orgánica al Parlamento de Canarias».

Dos. En el artículo 36.2 b) se añade una nueva escala al Cuerpo de Técnicos, denominada:

- Escala de Técnicos de Auditoría de Sistemas de Información.

Tres. Se añade un nuevo apartado c) al artículo 36.1 II, con el siguiente tenor:

«Escala de Técnicos de Auditoría de Sistemas de Información:

- Auditar la información financiera en entornos informatizados, proporcionando a los equipos de fiscalización un mayor grado de seguridad respecto de las garantías sobre la validez, integridad, exactitud, confidencialidad y disponibilidad que ofrece esa información.

- Con carácter general, funciones de apoyo a las unidades de fiscalización de la Audiencia de Cuentas de Canarias».