Df 17 Servicios sociales de I. Balears
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»D.F. 17ª Potestad reglamentaria
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Se faculta al Gobierno de las Illes Balears para dictar las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para desarrollar y aplicar esta ley, dentro del marco competencial que establece el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.
