Df 18 Presupuesto para el... Andalucía

Df 18 Presupuesto para el año 2026 de la Comunidad Autónoma de Andalucía

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D.F. 18ª. Entrada en vigor.

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La presente ley entrará en vigor el 1 de enero de 2026, excepto lo siguiente:

a) La disposición final sexta, por la que se modifica el artículo 67 y el apartado 11 de la disposición adicional decimoctava de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

b) Los apartados uno, dos, tres, cuatro y cinco de la disposición final novena, relativos al impuesto sobre la renta de las personas físicas, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y que surtirán efectos desde el día 1 de enero de 2025.

Sevilla, 22 de diciembre de 2025

JUAN MANUEL MORENO BONILLA

Presidente de la Junta de Andalucía