Df 19 General Tributaria de Álava
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»D.F. 19ª. Desarrollo normativo de actuaciones y procedimientos por medios electrónicos, informáticos y telemáticos y relativos a medios de autenticación.
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En el ámbito de competencias de la Diputación Foral, el Diputado Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos podrá dictar las correspondientes normas de desarrollo aplicables a las actuaciones y procedimientos tributarios que se realicen por medios electrónicos, informáticos o telemáticos y a las relacionadas con los medios de autenticación utilizados por la Administración tributaria.
