Df 2 que adapta a la Normativa Tributaria Alavesa diversas modificaciones introducidas en el ámbito de los Impuestos Especiales en relación al Impuesto Especial sobre el Carbón
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»D.F. 2ª. Habilitación.
Vigente
Se autoriza a la Diputación Foral de Álava para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente disposición general.

