Df 2 Adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa
- Norma derogada con efectos de 6 de agosto de 2025. No obstante, continuará en vigor, únicamente respecto de aquellos procedimientos administrativos que no tuvieren una regulación específica propia, hasta que se proceda a la revisión del sentido del silencio administrativo de dichos procedimientos, según lo establecido en el apdo.2 de la DDT. Única de la Ley 4/2025, de 11 de julio. - Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa.
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»D.F. 2ª. Habilitación reglamentaria.
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Se autoriza al Consejo de Gobierno para, mediante Decreto, y en relación a los procedimientos regulados por normas autonómicas con rango de ley:
a) Reducir los plazos de duración máxima en los procedimientos que no excedan de seis meses.
b) Modificar el sentido del silencio administrativo desestimatorio en estimatorio.
