Df 2 Administración Ambiental
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D.F. 2ª. Modificación del artículo 7.4 de la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca.

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Se da una nueva redacción al artículo 7.4 de la de la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca, que queda redactado de la siguiente forma:

«4.- Cuando los instrumentos de ordenación del territorio y urbanísticos a los que se refiere el apartado 2 se sometan a alguno de los procedimientos de evaluación ambiental estratégica legalmente establecidos, no será necesario duplicar la información requerida en el apartado 3 que se haya recogido en el marco del estudio ambiental estratégico, o del documento ambiental estratégico, según proceda».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022