Df 2 Agrupaciones de interés económico
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»D.F. 2ª.
Vigente
En el plazo de un año se aprobará la correspondiente adaptación del Plan General de Contabilidad a las peculiaridades de gestión contable de las Agrupaciones de interés económico y de las Agrupaciones europeas de interés económico.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, a 29 de abril de 1991.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ

