Df 2 Archivos de Aragón
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»D.F. 2ª.
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Se faculta a la Diputación General de Aragón para dictar las disposiciones reglamentarias que requiera el desarrollo de la presente Ley.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos, Tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta Ley.
Zaragoza, 28 de noviembre de 1986.
SANTIAGO MARRACO SOLANA
Presidente de la Diputación General de Aragón.
