Df 2 Autorización de cent...sanitarios

Df 2 Autorización de centros y servicios sanitarios

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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

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El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Dado en Oviedo, a veintiocho de mayo de dos mil catorce.-El Presidente del Principado de Asturias, Javier Fernández Fernández.-El Consejero de Sanidad, Faustino Blanco González.-Cód. 2014-09905.