Df 2 Autorizaciones y registro de núcleos zoológicos, establecimientos para la práctica de equitación y centros para el fomento, cuidado y venta de animales de compañía
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»D.F. 2ª.
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El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 18 de abril de 1995.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
JUAN CARLOS RODRIGUEZ IBARRA
El Consejero de Agricultura y Comercio,
FRANCISCO AMARILLO DOBLADO
