Df 2 -Banco de España-, s...egociables

Df 2 -Banco de España-, sobre declaración de operaciones y saldos en valores negociables

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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

Vigente

La presente circular entrará en vigor el 1 de enero de 2014. En la primera declaración, que deberá remitirse dentro de los primeros diez días hábiles del mes de febrero de 2014, como saldos iniciales se indicarán los existentes a 31 de diciembre de 2013; como saldos finales, los existentes a 31 de enero de 2014; y como operaciones, las correspondientes al mes de enero de 2014.

Madrid, 29 de julio de 2013.-El Gobernador del Banco de España, Luis María Linde de Castro.