Df 2 bis Medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables
D.F. 2ª bis. Guía informativa sobre la documentación requerida
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Vigente
El departamento competente en materia de energía debe elaborar, en el plazo de tres meses a contar desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, una guía informativa exhaustiva que incluya toda la documentación necesaria que deberá presentarse en la solicitud a trámite para la obtención de la autorización administrativa previa y de construcción, la declaración de impacto ambiental y el proyecto de actuación específica en materia de urbanismo. Esta documentación debe hacer referencia a la documentación necesaria requerida por los órganos competentes en materia de energía, urbanismo, medio ambiente, agricultura y patrimonio cultural, que no podrán pedir ninguna otra documentación que no esté incluida en la guía.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.F. 2ª bis (se añade)) por LEY 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023.
(DOGC de 17-03-2023) en vigor desde 18-03-2023 - Texto Original. Publicado el 28-11-2019 en vigor desde 18-03-2023