Df 2 Caza de C León -Derogada-

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DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.

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Esta Ley entrará en vigor a los tres meses contados desde su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

 

Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a todos los Tribunales y autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Valladolid, 12 de julio de 1996.

 

Juan José Lucas Jiménez,
Presidente.