Df 2 Caza de C. Valenciana
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»DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
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La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos, tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta Ley.
Valencia, 27 de diciembre de 2004.
El President de la Generalitat,
Francisco Camps Ortiz.
