Df 2 Cesión de tributos del Estado a las CC.AA.
- Desde el 1 de enero de 2002 queda derogada esta Ley para las Comunidades Autónomas que cumplan los requisitos del nuevo sistema de financiación. - LEY 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiacion de las Comunidades Autonomas de regimen comun y Ciudades con Estatuto de Autonomia.
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»D.F. 2ª.
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Lo dispuesto en esta Ley se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en los regímenes tributarios forales de Concierto y Convenio Económicos vigentes en los Territorios Históricos del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra, respectivamente.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 30 de diciembre de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ
