Df 2 Conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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Esta Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 5 de noviembre de 1999.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno, JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZModificaciones
- Modificación realizada por CORRECCIÓN de erratas de la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.
(BOE de 12-11-1999) en vigor desde 07-11-1999
