Df 2 Contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil y requisitos que deben reunir los centros que lo impartan
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»D.F. 2ª.- Desarrollo normativo.
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Se autoriza al titular de la Consejería competente en materia de educación para dictar cuantas disposiciones sean precisas para la interpretación, aplicación y desarrollo de este Decreto.
