Df 2 Contra el turismo de excesos
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D.F. 2ª. Ampliación del ámbito territorial

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El Gobierno de las Illes Balears, mediante Decreto, puede modificar el ámbito territorial de este Decreto ley, si hay razones suficientemente motivadas y existen informes de la Policía Local, la Policía Nacional, la Guardia Civil, la Consejería de Salud y Consumo o la Delegación de Gobierno que así lo aconsejen.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-01-2020 en vigor desde 23-01-2020